Normativa
Recopilamos normativa de interés para la flota de cerco
Año 2024
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de mayo de 2024, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024.
Por medio de esta resolución se modifica la resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024, que fijó una cuota inicial para España del stock JAX/2A-14, de 1.303 toneladas dejando una reserva de 103 toneladas, para las posibles eventualidades que pudiesen surgir a lo largo del año en la gestión global de la cuota. De la indicada cantidad, hasta un 80 %, esto es, 1.042 toneladas, se podría capturar en la zona 8c bajo condición especial.
Así, se procedió a asignar 300 toneladas de JAX/2A-14 a la flota de cerco del Cantábrico y Noroeste para su captura accesoria en aguas 8b que podían ser utilizadas en la zona 8c por el uso de la correspondiente condición especial JAX/*08C2, mientras que, a los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, se les asignaron a los buques de dicha flota un total de 650 toneladas, exclusivamente para cubrir sus capturas accesorias.
En tal sentido, y teniendo en cuenta la duración de las mareas de esta flota, se estableció un tope de 1.500 kg por buque y marea. Por último, para el caso de las flotas del Cantábrico y Noroeste se optó por una asignación de 250 toneladas a repartir proporcionalmente entre los buques que en la campaña 2023 computaron consumos de capturas accesorias en la zona 8c, independientemente de su forma de gestión.
Considerando, los niveles de consumo registrados por los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, y la disponibilidad de la reserva de 103 toneladas, se destinan 60 toneladas de esa reserva a paliar la situación de estrangulamiento manifestada por la mencionada flota, pasando a ser su cuota asignada de 710 toneladas. Además, después de analizar y evaluar la situación, se consideró que es posible modificar al alza el tope de captura establecido hasta los 2.500 kg por buque y marea para un mejor aprovechamiento de la cuota disponible hasta el final de la campaña.
Se acuerda que los topes de captura establecidos en esta resolución para el jurel 2A-14 serán de aplicación desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2024, y a partir del 1 de enero de 2025 y hasta la entrada en vigor de la resolución para la siguiente campaña, se aplicarán los topes recogidos en la aquella resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14, exclusivamente para captura accesoria, asignada a España en el año 2024.
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 27 de febrero de 2024, donde se establecen medidas de ordenación de la pesquería de la anchoa («Engraulis encrasicolus») en la zona CIEM 8 en 2024.
Esta resolución modifica el apartado tercero de la Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, el cual queda como sigue: La cuota adaptada 2024, considerando las cesiones realizadas en el “Acuerdo entre España y Francia para la gestión de la pesquería de la anchoa del Golfo de Vizcaya en 2024-Acuerdo de Guetaria“, es de 31.614.622 kg.
Se establece un tope máximo de captura y desembarque de 1.000 kilogramos por buque y día para todos los buques de cerco del Cantábrico y Noroeste una vez se produzca la reapertura de la pesquería de anchoa 8.
Se establece que, para garantizar el adecuado control del cumplimiento del tope de captura, las cofradías de pescadores u otras entidades representativas del sector, deberán remitir a la Secretaría General de Pesca una comunicación diaria con las capturas de anchoa realizadas por todos aquellos buques de cerco en Cantábrico y Noroeste que representan y que no dispongan de diario electrónico u otro dispositivo de transmisión electrónica de información diaria de capturas.
Se advierte que el contenido de esta resolución, relativo al tope de captura establecido, será de aplicación desde el día siguiente de su publicación en el BOE hasta la fecha en la que se produzca el cierre de la pesquería por el agotamiento de la cuota disponible y, en todo caso, hasta las 23:59 horas del 30 de noviembre de 2024.
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cantidades correspondientes a la flexibilidad interanual de boquerón de la zona 9 del ICES del TAC 2023-2024 por censo por modalidad en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, así como las cantidades individuales correspondientes a los buques del cerco en el Golfo de Cádiz.
Por medio de esta resolución se acuerda publicar como la cantidad de cuota correspondiente a la flexibilidad interanual generada en el periodo de TAC 2023-2024 de boquerón (Engraulis encrasicolus) stock ANE/9/3411, para las modalidades de cerco del Cantábrico y Noroeste y de cerco del Golfo de Cádiz, para el próximo periodo de TAC de este stock.
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de sardina ibérica (stock PIL/8C9A) obtenidas para 2024 por intercambio con Portugal.
Por medio de esta resolución se repartirán las 2.700 toneladas de sardina ibérica obtenidas por intercambio con Portugal a la flota de cerco, racú y piobardeira en el caladero nacional Cantábrico y Noroeste, al xeito y al cerco en el Golfo de Cádiz, en virtud del criterio de reparto establecido en el artículo 8. 4.a) de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril. En consecuencia, se reparte un 40 % a las tres modalidades y un 60 % exclusivamente al cerco, racú y piobardeira del Cantábrico y Noroeste, por sus mayores necesidades de cuota en estos momentos del año. Tal reparto se recoge en el anexo I.
Se recoge que la asignación de estas cantidades adicionales de los stocks indicados, obtenidos mediante swap con Portugal, así como los criterios utilizados, sólo tienen efectos para el año 2024.
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas iniciales y provisionales de boquerón por modalidad o censo en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, así como las cuotas individuales de los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el periodo 1 de julio de 2024 a 30 de septiembre de 2024.
En esta resolución se establece que la pesquería para la modalidad de cerco del Cantábrico y Noroeste se abrirá desde el 1 de julio de 2024 en la zona de distribución de este stock estableciéndose un tope de 500 kilos por buque y día de pesca para el uso de esta cuota conjunta, para permitir el desembarque de las capturas que se lleven a cabo en el desarrollo de esta modalidad.
Esta cantidad podrá ser revisada conforme la evolución de los consumos del stock. Una vez agotada la cuota para esta modalidad, se procederá al cierre de la pesca conjunta del boquerón para el cerco Cantábrico y Noroeste.
A partir de ese momento, únicamente los barcos que en virtud del artículo 2 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril, realicen transmisiones temporales de posibilidades de pesca desde el Golfo de Cádiz, podrán continuar pescando con cargo a esa cuota particular adquirida que no estará sujeta al tope indicado de 500 kilos por buque y día de pesca.
Los buques del censo por modalidad de cerco del caladero del Golfo de Cádiz cuya suma de posibilidades de pesca entre boquerón y sardina es inferior al 1 % abandonan la pesquería del Golfo de Cádiz de sardina y de anchoa. Se publica como anexo III la relación de buques en situación de alta definitiva o baja provisional, que no alcanzan el porcentaje mínimo requerido para su permanencia en la pesquería de cerco del Golfo de Cádiz de sardina y de anchoa.
Real Decreto 505/2024, de 28 de mayo, por el que se regulan los reconocimientos médicos de aptitud y la protección de la salud de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero embarcadas.
En este RD se establecen las normas para los reconocimientos médicos de aptitud y la protección de la salud de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero embarcadas. Esta norma resulta fundamental para garantizar que los trabajadores del mar estén en condiciones óptimas de salud, considerando los riesgos específicos de su entorno laboral.
Este decreto actualiza la normativa española para alinearla con las disposiciones internacionales y de la Unión Europea en materia de trabajo marítimo. Es esencial para quienes desean iniciar su actividad embarcada, ya que asegura que se cumplan los estándares de salud y seguridad necesarios para trabajar en el mar.
Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies y stocks elegibles que podrán ser objeto de flexibilidad interespecies durante el año 2024, así como las poblaciones que podrán ser objeto de deducción ese mismo año para cubrir las especies retenidas.
La flexibilidad interespecies posibilita computar capturas no deseadas sujetas a la obligación de desembarque de una especie como elegible por estar dentro de límites biológicos seguros, contra la cuota de una especie que haya sido identificada como principal para ese buque. Sólo podrá destinarse hasta un 9% de la cuota de la especie principal para este fin, en aquellos casos en los que esta especie elegible haya agotado o no disponga de cuota. En consecuencia, la normativa permite que determinadas capturas de especies ajenas al objetivo puedan imputarse a las cuotas de las especies principales, siempre que dichas especies ajenas al objetivo estén dentro de límites biológicos seguros.
En la presente resolución, se publican las poblaciones de peces o stocks elegibles y principales para la flexibilidad interespecies.
Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies y cantidades máximas que podrán descartarse mediante la excepción de minimis durante el año 2024.
La obligación de descarte tiene una serie de exenciones, como las capturas que entren dentro de exenciones de minimis, que permite devolver al mar un volumen concreto de capturas no deseadas de determinados stocks asociadas a un porcentaje aprobado que viene especificado en los Actos delegados de aplicación, sin que esto tenga una repercusión directa sobre la cuota.
Por medio de esta resolución, se publican los anexos que contienen las poblaciones y artes que presentan esta excepción y las cantidades máximas disponibles.
Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies para 2024 que disponen de una exención a la obligación de desembarque por alta capacidad de supervivencia.
Desde el 1 de enero de 2019 la obligación de desembarque está totalmente en vigor para todas las especies con TAC y cuotas en el caso del Atlántico y todas las especies con talla mínima de referencia a efectos de conservación regulada a nivel europeo en el caso del Mediterráneo. Su objetivo es reducir gradualmente las capturas que antes se devolvían al mar, los descartes, por los siguientes motivos principalmente:
– No alcanzar las Tallas Mínimas de Referencia a Efectos de Conservación (TMREC).
– No disponer de cuota, ya sea por haberla agotado o por carecer de reparto.
A pesar de lo anterior, se han establecido una serie de exenciones a la misma.
Además, existen dos flexibilidades que regula la norma:
– Flexibilidad interespecies.
– Flexibilidad interanual.
La resolución referida acuerda publicar en el anexo las especies que presentan una exención por alta capacidad de supervivencia, por zonas y arte de pesca.
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2024, para los buques censados en la modalidad de cerco autorizados a faenar en 2024 en el caladero Cantábrico y Noroeste.
En el anexo I se publican las posibilidades de pesca individuales de los buques de la modalidad de cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste, en gestión individual o conjunta, así como su cuota adaptada para la campaña 2024.
Resolución de 16 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se declara el inicio de la pesquería de sardina ibérica («Sardina pilchardus») en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a para los buques de cerco, racú y piobardeira en el caladero nacional Cantábrico y Noroeste en 2024.
Se establece la apertura de la pesca dirigida de sardina ibérica a las 00:00 horas del 18 de marzo de 2024 para los buques de cerco, racú y piobardeira en el caladero nacional Cantábrico y Noroeste.
En el anexo I se relacionan los buques de cerco en Cantábrico y Noroeste autorizados a la pesca de sardina ibérica con ocho o más tripulantes, enrolados y dados de alta en la seguridad social o con más de 40 GT. Y en el anexo II se relacionan el resto de los buques de cerco en Cantábrico y Noroeste autorizados a la pesca de sardina ibérica en Cantábrico y Noroeste.
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 27 de febrero de 2024, por la que se establecen medidas de ordenación de la pesquería de la anchoa («Engraulis encrasicolus») en la zona CIEM 8 en 2024, por medio de la que se modifica el apartado Tercero de la Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, estableciendo que la cuota adaptada para 2024, considerando las cesiones realizadas en el “Acuerdo entre España y Francia para la gestión de la pesquería de la anchoa del Golfo de Vizcaya en 2024-Acuerdo de Guetaria”, es de 31.614.622 kg.
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica («Sardina pilchardus») que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8C y 9A para 2024.
Por medio de esta resolución, se limitan las capturas, para la campaña 2024, de sardina ibérica que puede realizar la flota española autorizada a 14.890.750 kg. A dichas cantidades se les debe incluir la redistribución de las deducciones practicadas a las modalidades que rebasaron su cuota en la campaña 2023.
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen medidas de ordenación de la pesquería de la anchoa («Engraulis encrasicolus») en la zona CIEM 8 en 2024.
Esta resolución se aplicará a los buques españoles censados en la modalidad de cerco en el Cantábrico Noroeste, durante la campaña de pesca de la anchoa 8 del CIEM de 2024.
Se establece que la pesquería dará comienzo a partir de las 0:00 horas del 1 de marzo y finalizará a las 23:59 horas del 30 de noviembre. Con posterioridad a esa fecha y de cara a campañas posteriores, la pesquería continuará cerrada en tanto no haya una nueva resolución que decrete su apertura.
Desde el 1 de diciembre de 2024 y hasta la apertura de la pesca dirigida en la campaña 2025, únicamente se permitirá la captura accesoria en aquellos casos en que sea totalmente inevitable y siempre y cuando el volumen de esa anchoa que no se ha podido evitar, calculado sobre el total de las capturas desembarcadas de cada marea, de especies sometidas a TAC y cuotas, en peso vivo, sea inferior al 5 %.
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2024 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
Mediante esta resolución se acuerda publicar las cuotas iniciales definitivas, una vez el Reglamento TAC y cuotas esté publicado para cada una de los stocks y modalidades que faenan en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz y buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal y según se detallan en el mismo.
Se ha de tener en cuenta que la cuota que se reparte para el stock JAX/08C, es exclusivamente para capturas accesorias, en ningún caso será posible hacer captura dirigida contra la cuota repartida de este stock.
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece un periodo de parada en la pesquería del jurel stock JAX/08C, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie, junto con la posibilidad de una compensación por paralización temporal y las condiciones para el acceso a la misma.
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se corrigen errores en la de 10 de febrero de 2023, por la que se establece un periodo de parada, de carácter voluntario, en la pesquería del jurel stock JAX/8C, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie, junto con la posibilidad de una compensación por paralización temporal y las condiciones para el acceso a la misma.
Orden APA/37/2024, de 23 de enero, por la que se modifica la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
Esta norma que modifica la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, introduce novedades respecto del Plan de pesca de la modalidad de cerco en el Cantábrico Noroeste, como la posibilidad de establecer “Vedas temporales”, que se podrán establecer en periodos de paralización temporal de la actividad pesquera, en función de la evolución de la pesquería en cada campaña de pesca.
Año 2023
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas definitivas de boquerón de la zona 9 del ICES desde el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, por modalidad o censo en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, así como las cuotas individuales de los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz.
Orden APA/1007/2023, de 29 de agosto, por la que se desarrolla el mecanismo de optimización para la sardina («Sardina pilchardus») de las aguas ibéricas (8c y 9a) del Consejo Internacional para la Exploración del Mar.
Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura por la que establece el cierre de la pesquería de la sardina en aguas ibéricas de las zonas CIEM VIIIc y IXa (Stock PIL/8C9A) para los buques de cerco del Cantábrico y Noroeste y para los buques que usen los artes altamente selectivos de racú y de piobardeira.
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas iniciales y provisionales de boquerón por modalidad o censo en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, así como las cuotas individuales de los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz, durante el periodo 1 de julio de 2023 a 30 de septiembre de 2023.
Resolución de junio de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura por la que se establece el cierre de la pesquería de la anchoa en aguas de la zona CIEM VIII (Stock ANE/08).
Resolución de 08 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la Resolución de 05 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la cantidad del stock de anchoa de la zona 9 del ICES (ANE/9/3411) objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de caballa obtenidas para 2023, por intercambio con Países Bajos y Polonia.
Resolución de 05 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la cantidad del stock de anchoa de la zona 9 del ICES (ANE/9/3411) objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a.
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece un periodo de parada, de carácter voluntario, en la pesquería del jurel stock JAX/8c, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie, junto con la posibilidad de una compensación por paralización temporal y las condiciones para el acceso a la misma.
Año 2022
Resolución de 29 de diciembre de 2022 de la Secretaría General de Pesca por la que se establecen posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2023, para los buques censados en la modalidad de cerco autorizados a faenar en 2023 en el caladero Cantábrico y Noroeste.
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se publica la Orden de 14 de noviembre de 2022, de la Conselleria del Mar, de la Xunta de Galicia, por la que se extiende la norma de la Asociación de Armadores de Cerco de Galicia (ACERGA OPP-82) a todos los productores que desembarquen y comercialicen jurel procedente de las capturas de la flota de cerco en las divisiones 8c y 9a en puertos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1653 DE LA COMISIÓN de 26 de septiembre de 2022 por el que se añaden a las cuotas de pesca de 2022 determinadas cantidades retenidas en el año 2021 de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 847/96 del Consejo.
Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se establece el cierre de la pesquería de la sardina (Sardina pilchardus) en aguas ibéricas de las zonas CIEM VIIIc y IXa para los buques de cerco del Cantábrico Noroeste y para los buques que usen los artes altamente selectivos de racú y piobardeira.
Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de marzo de 2022, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Pontevedra.
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se procede a la apertura de la pesquería de la anchoa de la zona CIEM 9, ANE/9/3411, para la pesca conjunta de cerco Cantábrico y Noroeste.
Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en
los caladeros nacionales
Resolución de 18 de junio de 2022, de la Secretaria General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa
Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2022
Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de caballa (MAC/8c3411) y merluza sur (HKE/8c3411) obtenidas para 2022 por intercambio con Países Bajos, Polonia y Francia.
Resolución de 28 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas adicionales de caballa (MAC/8C3411) y merluza sur (HKE/8C3411) obtenidas para 2022 por intercambio con Países Bajos, Polonia y Francia
Resolución de 12 de abril de 2022, de la secretaría general de pesca, por la que se publica la lista de especies y stocks elegibles que podrán ser objeto de flexibilidad interespecies durante el año 2022, así como las poblaciones que podrán ser objeto de deducción ese mismo año para cubrir las especies retenidas
Resolución de 2 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM 8c y 9a
Resolución de 19 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2022, para los buques censados en la modalidad de cerco autorizados a faenar en 2022 en el caladero Cantábrico y Noroeste
Año 2021
AVISO ANCHOA 2021-2022
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21.12.2021 por la que se autoriza a España a ampliar un límite máximo diario para los desembarques a todos los productores que desembarquen y comercialicen jurel procedente de las capturas de la flota de cerqueros en las divisiones 8c y 9a en puertos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUICULTURA POR LA QUE SE ESTABLECE EL CIERRE DE LA PESQUERÍA DE ANCHOA EN AGUAS DE LA ZONA CIEM IX (STOCK ANE/9/3411) PARA LA CUOTA CONJUNTA ASIGNADA A LA MODALIDAD DE CERCO EN EL CANTABRICO Y NOROESTE
RESOLUCIÓN DE 25 DE AGOSTO DE 2021 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE PUBLICAN LAS CUOTAS DEFINITIVAS DE BOQUERÓN POR MODALIDAD O CENSO EN LOS CALADEROS NACIONALES DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE Y GOLFO DE CÁDIZ, ASÍ COMO LAS CUOTAS INDIVIDUALES DE LOS BUQUES DEL CENSO DE CERCO DEL GOLFO DE CÁDIZ
RESOLUCIÓN DE 4 DE AGOSTO DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE DISTRIBUYE LA CUOTA DE JUREL DEL STOCK JAX/2A-14 ASIGNADA A ESPAÑA EN EL AÑO 2021.
31 DE JULIO. GUÍA PRÁCTICA SOBRE COMO PROCEDER NA XESTIÓN PESQUEIRA A BORDO. ACCIÓN ENMARCADA DENTRO DE LA MEDIDA 202182S3M07 DEL PLAN DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN 2021 DE ACERGA.
RESOLUCIÓN DE 28 DE JULIO DE JULIO DE 2021 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA POR LA QUE SE PUBLICAN LAS CUOTAS INICIALES Y PROVISIONALES DE BOQUERÓN POR MODALIDAD O CENSO EN LOS CALADEROS NACIONALES DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE Y GOLFO DE CÁDIZ, ASÍ COMO LAS CUOTAS INDIVIDUALES DE LOS BUQUES DEL CENSO DE CERCO DEL GOLFO DE CÁDIZ DURANTE EL PERIODO 1 DE JULIO DE 2021 A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
COMENTARIOS AL BORRADOR RESOLUCIÓN DE XXXX DE JUNIO DE 2021 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE PUBLICAN LAS CUOTAS INICIALES Y PROVISIONALES DE BOQUERÓN POR MODALIDAD O CENSO EN LOS CALADEROS NACIONALES DEL CANTÁBRICO Y NOROESTE Y GOLFO DE CÁDIZ, ASÍ COMO LAS CUOTAS INDIVIDUALES DE LOS BUQUES DEL CENSO DE CERCO DEL GOLFO DE CÁDIZ DURANTE EL PERIODO 1 DE JULIO DE 2021 A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021.
ICES Advice on fishing opportunities, catch, and effort Bay of Biscay and the Iberian Coast ecoregion Published 18 June 2021
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUICULTURA POR LA QUE SE ESTABLECE EL CIERRE EN EL PRIMER SEMESTRE DE LA PESQUERÍA DE ANCHOA EN AGUAS DE LA ZONA CIEM VIII (STOCK ANE/08)
RESOLUCIÓN DE 4 DE MAYO DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE LLEVA A CABO EL REPARTO DE LA CUOTA ADICIONAL DE ANCHOA (ANE/9/3411) OBTENIDA PARA 2021 POR INTERCAMBIO CON PORTUGAL.
COMISIÓN GESTIÓN ANCHOA 2021
RESOLUCIÓN DE 6 DE ABRIL DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 26 DE FEBRERO DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PESCA, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE ORDENACIÓN DE LA PESQUERÍA DE LA ANCHOA (Engraulis encrasicolus) EN LA ZONA CIEM 8 EN 2021.
RESOLUCIÓN XURELO 9ª
RESOLUCIÓN XURELO 8C.
RESOLUCIÓN REPARTO XARDA 2021.
Censo de buques de cerco Cantábrico y Noroeste con indicación de sus posibilidades de pesca, así como su cuota 2021, provisional en el caso de los stocks MAC/8C3411 y JAX/08C y definitiva en el caso del JAX/09
Listado aguas interiores País Vasco.
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 15 de enero de 2021, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2021 disponibles por modalidad o censo, para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen medidas de ordenación de la pesquería de la anchoa (Engraulis encrasicolus) en la zona CIEM VIII en 2021.
Año 2020
Orden APA/579/2020, de 29 de junio, por la que se modifica la Orden APA/ 514/2019, de 26 de abril, por la que se fijan normas para la aplicación de las exenciones a la obligación de desembarque y para la mejora en la selectividad de los artes
Resolución de 3 de junio de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de jurel, de la zona IXa, adicional obtenida para 2020 por intercambio con Portugal.
Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen medidas adicionales de ordenación para los buques de la modalidad o censo del cerco del Cantábrico y Noroeste en relación a la pesquería de la anchoa IXa.
Resolución de 30 de abril de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de buques autorizados a dirigir su actividad a la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa.
Resolución de 30 de abril de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa.
Resolución de 23 de abril de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican los precios de activación y los costes técnicos y financieros para 2020, del mecanismo de almacenamiento previsto en la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Resolución de 16 de abril de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 9 de enero de 2020, por la que se distribuye la cuota de España de besugo (Pagellus bogaraveo), sbr-678; alfonsino (Beryx spp), ALF/3×14; y sable negro (Aphanopus carbo), BSF/8910, entre las flotas del caladero nacional (zonas VIIIc y IXa) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.
Resolución de 8 de abril de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de la cuota de caballa adicional obtenida para 2020 por intercambio con Países Bajos.
Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 6 de marzo de 2020, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resolución de 17 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies y cantidades máximas que podrán descartarse mediante la excepción de minimis durante el año 2020.
Resolución de 17 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies y stocks elegibles que podrán ser objeto de flexibilidad interespecies durante el año 2020, así como las poblaciones que podrán ser objeto de deducción ese mismo año para cubrir las especies retenidas.
Resolución de 16 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas de caballa, jurel VIIIc y jurel IXa, para los buques del censo de cerco del Cantábrico Noroeste durante el año 2020.
Resolución de 25 de febrero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen medidas de ordenación de la pesquería de la anchoa (Engraulis encrasicolus) en la zona CIEM VIII en 2020.
Resolución de 20 de febrero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo.
Resolución de 24 de enero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2020 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de caballa (Scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del caladero Cantábrico Noroeste.
Resolución de 17 de enero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería del jurel (Trauchurus Trauchurus) y de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques del censo de cerco Cantábrico y Noroeste con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resolución de 9 de enero de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de España de besugo (Pagellus bogaraveo), SBR-678; alfonsino (Beryx spp), ALF/3×14; y sable negro (Aphanopus carbo), BSF/8910, entre las flotas del caladero nacional (zonas VIIIc y IXa) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.